Parque Naucalli: la explotación de sus espacios, los límites ambientales y la facultad del Estado para recuperar su administración

Parque Naucalli: la explotación de sus espacios, los límites ambientales y la facultad del Estado para recuperar su administración

Las instalaciones que actualmente ocupan una zona arbolada del Parque Naucalli volvieron a poner bajo escrutinio la forma en que el Ayuntamiento de Naucalpan utiliza uno de los principales pulmones verdes del municipio. El gobierno municipal sostiene que se trata únicamente de un montaje temporal y niega cualquier privatización o construcción permanente. Sin embargo, el problema de fondo es otro: el Naucalli es un Área Natural Protegida estatal y su aprovechamiento económico tiene límites que el municipio no puede modificar por decisión propia.

En distintas áreas del parque pueden observarse cercados de malla, cientos de costales, grandes acumulaciones de material vegetal triturado, sanitarios temporales y superficies delimitadas para trabajos. En otras zonas son visibles numerosos tocones de árboles.

Prueba 1 de la explotación del Parque Naucalli
Prueba 2 de la explotación del Parque Naucalli
Prueba 3 de la explotación del Parque Naucalli
Prueba 4 de la explotación del Parque Naucalli
Prueba 5 de la explotación del Parque Naucalli
Prueba 6 de la explotación del Parque Naucalli

Las imágenes no permiten determinar por sí mismas cuándo fueron retirados esos árboles, si existieron dictámenes fitosanitarios, de dónde procede el material acumulado ni qué autorizaciones respaldan los trabajos. Pero sí muestran una intervención suficientemente relevante como para exigir algo más que una explicación genérica.

El 24 de septiembre, el Gobierno de Naucalpan, encabezado por Isaac Montoya, aseguró que el parque no será privatizado y que las instalaciones corresponden a una actividad recreativa temporal que operará durante la temporada decembrina para después ser desmontada. (Quadratín Edomex)

La aclaración responde a una parte de la polémica, pero no a la pregunta ambiental: que una obra sea temporal no significa que esté automáticamente permitida dentro de un Área Natural Protegida.

Ademas resulta preocupante que, ante cuestionamientos públicos, la respuesta del gobierno parezca orientarse más a construir una versión conveniente de los hechos que a explicar de manera completa lo ocurrido. Un comunicado oficial no debería funcionar como una herramienta para suavizar, fragmentar u omitir elementos relevantes de la realidad, sino como un ejercicio de transparencia que permita a la ciudadanía conocer antecedentes, decisiones, autorizaciones y responsabilidades.

Cuando la versión institucional presenta únicamente aquello que favorece a la administración y deja fuera hechos que pueden modificar sustancialmente la interpretación del caso, el problema deja de ser solamente de comunicación: se convierte en un problema de rendición de cuentas. En esta ocasión, precisamente por existir elementos que contradicen o matizan el relato oficial, corresponde contrastar el comunicado con los hechos documentados y no asumir que la versión gubernamental, por el simple hecho de ser oficial, representa necesariamente toda la realidad.

El problema no es si la estructura se queda para siempre

El Ayuntamiento centra su defensa en que no habrá construcciones permanentes. Sin embargo, el Programa de Manejo del Parque Naucalli regula tanto obras permanentes como actividades temporales, eventos, comercio, turismo, intervenciones sobre vegetación y uso recreativo.

Una instalación puede permanecer sólo algunos meses y aun así compactar suelo, afectar raíces, alterar vegetación, generar ruido, iluminación nocturna o concentrar miles de visitantes sobre una zona ambientalmente sensible.

El propio Programa de Manejo señala que el turismo y las actividades recreativas sólo pueden realizarse cuando no provoquen afectaciones significativas, y expresamente establece que no deben generar erosión o compactación del suelo, disminución de cobertura vegetal ni alteración o perturbación de la vida silvestre. (Legislación Edomex)

Por eso, la información que debería transparentar el gobierno municipal no se reduce a decir que “todo será retirado”. Tendría que conocerse qué actividad se realizará, quién la organizará, qué superficie ocupará, durante cuánto tiempo, cuál será su aforo, dónde estarán las zonas comerciales y, sobre todo, en qué subzona ambiental del parque se encuentra cada instalación.

La explotación del Parque Naucalli no comenzó con Isaac Montoya, pero sí se intensificó

El aprovechamiento comercial del parque tiene décadas.

En 1992, el Gobierno del Estado transfirió al Ayuntamiento de Naucalpan la administración del Parque Estado de México-Naucalli. Seis años después, en 1998, el Ejecutivo estatal modificó ese esquema para permitir que el municipio celebrara actos jurídicos con terceros para la construcción de obras y prestación de servicios dentro del parque. (Legislación Edomex)

Por tanto, concesiones, comercios, eventos y usos temporales no son una creación de la administración actual.

El propio gobierno municipal mantiene trámites específicos para autorizar temporalmente la Plaza Central, el CEFE, la pista de corredores, distintos foros y otros espacios del Naucalli. (Naucalpan Gob. Municipal)

Lo que sí merece una revisión específica es la escala que ha adquirido ese modelo durante 2025 y 2026 con Isaac Montoya.

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En noviembre de 2025, el Festival Internacional Las Cuatro Casas reunió, según cifras del propio Ayuntamiento, alrededor de 60 mil asistentes durante casi 12 horas. El gobierno municipal afirmó entonces que en los 43 años de historia del parque no se había vivido un evento semejante y anunció que continuaría impulsando conciertos y encuentros culturales de ese tipo. (Naucalpan Gob. Municipal)

Meses después se realizó Gol Fest Naucalli 2026. El propio alcalde reconoció públicamente que se trataba de un evento llevado por un particular y que el Ayuntamiento había alcanzado acuerdos para permitir accesos gratuitos en determinadas fechas. Para el resto de las transmisiones se comercializaron boletos; medios locales identificaron a BOBO Producciones como organizadora.

Metrópoli.click documentó previamente lo ocurrido durante el Golfest en el Parque Naucalli, donde se registró venta de bebidas alcohólicas y afectaciones a las áreas verdes. Este antecedente permite entender que la problemática no es nueva y forma parte de una discusión más amplia sobre el uso y explotación de este espacio público. Consulta el artículo completo y conoce los hechos que fueron documentados durante ese evento. Por eso la discusión actual no puede analizarse como un episodio aislado.

El Naucalli tiene tres zonas y no en todas se puede hacer lo mismo

El Programa de Manejo divide los 532 mil 395 metros cuadrados del Parque Naucalli en tres subzonas: Protección, con 53.8%; Aprovechamiento Sustentable, con 41.1%; y Restauración, con 5.1%. (Legislación Edomex)

Esta división es fundamental porque determina qué puede hacerse en cada lugar.

En la Subzona de Protección, que comprende más de la mitad del parque, están permitidas actividades educativas, culturales, deportivas, recreativas y de turismo de bajo impacto, además de restauración, conservación y mantenimiento.

Pero ahí el Programa prohíbe actividades comerciales, cambio de uso de suelo, obras que pongan en riesgo flora o fauna, alteración de refugios o zonas de reproducción y trabajos como excavación, emparejamiento, corte o desmontaje de vegetación.

Eso significa que un evento cultural puede ser compatible con esa zona, pero no necesariamente lo serán todas las instalaciones y actividades comerciales que lo acompañen.

En la Subzona de Aprovechamiento Sustentable existe mayor flexibilidad. Ahí sí están permitidos eventos culturales, artísticos y deportivos, turismo recreativo, proyectos productivos sustentables y determinadas obras de infraestructura.

Pero tampoco es un espacio de explotación irrestricta. Se prohíben las actividades que dañen la biodiversidad, las obras que pongan en riesgo especies y el comercio en lugares no autorizados.

Finalmente, la Subzona de Restauración está destinada precisamente a recuperar áreas deterioradas, con problemas como suelo compactado, arbolado muerto o enfermo y residuos producto de podas y talas. Allí las restricciones son considerablemente mayores y la prioridad debe ser recuperar el ecosistema, no intensificar su aprovechamiento.

Por ello, un plano georreferenciado del proyecto actual superpuesto con la zonificación oficial debería ser uno de los primeros documentos en hacerse público.

Hay prohibiciones que aplican en todo el Naucalli

Además de las reglas particulares de cada subzona, el Programa contiene restricciones que se aplican a la totalidad del parque.

Entre otras cosas, prohíbe introducir o ingerir bebidas alcohólicas, perturbar fauna silvestre, dañar árboles, afectar sitios de anidación o reproducción, generar ruido o vibraciones que alteren a la fauna o a los visitantes, remover suelo, flora o materia orgánica y realizar actividades contrarias al propio Programa.

También prohíbe expresamente la tala de árboles, salvo aquella de carácter fitosanitario.

Esto vuelve relevantes los numerosos tocones visibles en distintas fotografías.

No sería responsable afirmar que esos árboles fueron talados ilegalmente sin conocer los dictámenes. Pero precisamente por existir una excepción concreta —el saneamiento fitosanitario—, el Ayuntamiento debería poder acreditar fácilmente cada retiro mediante inventarios, ubicación, especie, diagnóstico, fecha de intervención y autorización correspondiente.

Si fueron retiros justificados, los documentos deberían despejar la duda. Si no existen, el problema sería distinto.

El municipio administra el parque, pero nunca recibió libertad absoluta sobre él

Aquí se encuentra uno de los aspectos jurídicos más importantes.

El Decreto del Ejecutivo estatal publicado el 31 de enero de 1992 no entregó la propiedad del Parque Naucalli a Naucalpan. Transfirió su administración.

El artículo primero realizó esa transferencia al Ayuntamiento. Pero el segundo estableció expresamente que Naucalpan debía someterse a las determinaciones del Ejecutivo estatal y de la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna respecto del parque. (Legislación Edomex)

Y el artículo cuarto contiene una disposición todavía más clara:

si el Ayuntamiento no cumple satisfactoriamente con la administración del parque, esa administración revertirá a la dependencia u organismo que determine el Ejecutivo del Estado. (Legislación Edomex)

Por eso, jurídicamente, hablar de que al municipio “le pueden quitar la concesión” no es del todo preciso.

No se trata de una concesión ordinaria. Se trata de una administración estatal transferida al municipio bajo condiciones, con una cláusula expresa de reversión.

La reforma de 1998 amplió las posibilidades para que Naucalpan permitiera participación de particulares en obras y servicios, pero no transformó al parque en propiedad municipal ni eliminó su carácter estatal. (Secretaría de Asuntos Parlamentarios)

El Gobierno del Estado puede quitarle a Naucalpan la administración del Parque Naucalli

La CEPANAF y PROPAEM deberán integrar un expediente que permitiera responder una pregunta concreta: ¿Naucalpan continúa cumpliendo satisfactoriamente con la administración del Parque Naucalli?

Para ello tendrían que revisarse, de manera acumulada, al menos los siguientes elementos:

  • el cumplimiento del Programa de Manejo y de la zonificación;
  • las autorizaciones otorgadas para eventos, comercios, instalaciones y obras;
  • las posibles afectaciones al suelo, vegetación, raíces y fauna;
  • los dictámenes que respaldan poda, derribo o saneamiento de arbolado;
  • la frecuencia y magnitud de los eventos multitudinarios;
  • la existencia de ruido, iluminación o actividades incompatibles con las reglas ambientales;
  • la recuperación ambiental de las áreas después de cada montaje;
  • los contratos celebrados con particulares;
  • los ingresos obtenidos por esos aprovechamientos y su destino;
  • el mantenimiento general y estado de conservación del parque;
  • y el cumplimiento de requerimientos, recomendaciones o medidas impuestas previamente por autoridades estatales.

Este último aspecto económico tampoco es menor. El Código para la Biodiversidad establece que los ingresos obtenidos por permisos, autorizaciones y licencias relacionados con Áreas Naturales Protegidas deben destinarse a acciones de preservación y restauración dentro de las propias áreas que los generan. (Legislación Edomex)

Si el parque genera ingresos importantes por eventos, comercios o utilización de espacios, la autoridad estatal puede revisar no sólo cuánto se recauda sino cuánto de ese dinero efectivamente regresa a conservación, restauración, manejo forestal y mantenimiento.

CEPANAF tendría que evaluar la administración; PROPAEM investigar las infracciones

Las dos autoridades tienen funciones distintas. El artículo 2.118 del Código para la Biodiversidad dispone que quienes reciben la administración de un Área Natural Protegida deben sujetarse al Código, su Reglamento, las normas ambientales, el decreto de creación y el Programa de Manejo. La misma disposición obliga a la Secretaría estatal a supervisar y evaluar el cumplimiento de los instrumentos mediante los cuales se administra el área. (Legislación Edomex)

El propio Programa de Manejo del Naucalli establece además que la inspección y vigilancia corresponden a la autoridad ambiental estatal por conducto de PROPAEM y CEPANAF.

PROPAEM tendría que verificar físicamente obras, movimientos de suelo, vegetación, ruido, residuos, instalaciones, comercio y cumplimiento de las autorizaciones.

Y si durante una inspección se detectara un riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño grave a los recursos naturales, el Código permite imponer medidas de seguridad, incluida la suspensión de obras o actividades. El Reglamento del Libro Segundo también prevé medidas de seguridad y sanciones administrativas por violaciones dentro de Áreas Naturales Protegidas. (Legislación Edomex) Es decir, las autoridades estatales no necesitan esperar a que una actividad termine para intervenir.

La reversión para Gobierno del Estado

Si las inspecciones detectaran incumplimientos aislados, lo normal sería imponer medidas correctivas, sanciones o suspender actividades concretas.

Pero si la investigación acreditara un patrón reiterado —por ejemplo, usos incompatibles con la zonificación, autorizaciones contrarias al Programa de Manejo, deterioro ambiental, aprovechamiento comercial sin controles suficientes, incumplimiento de medidas estatales o falta de conservación—, esos elementos podrían utilizarse para evaluar si se actualiza el supuesto previsto desde 1992: que el Ayuntamiento ya no está cumpliendo satisfactoriamente con la administración.

Ese sería el punto en el que la discusión dejaría de ser únicamente ambiental y pasaría al régimen administrativo del parque.

La función de la PROPAEM sería inspeccionar, documentar infracciones, imponer las medidas que correspondan y generar evidencia técnica. CEPANAF y la Secretaría estatal tendrían que evaluar la administración y documentar los incumplimientos.

Con ese expediente, correspondería al Ejecutivo del Estado de México determinar jurídicamente si procede hacer efectiva la reversión prevista en el Decreto de 1992 y designar a la dependencia u organismo que asumiría la administración. (Legislación Edomex)

El comunicado municipal no cierra la discusión

El Gobierno de Naucalpan puede tener razón cuando afirma que no existe una privatización y que la instalación actual será retirada. Pero ninguna de esas dos afirmaciones resuelve por sí sola el cumplimiento ambiental.

El problema que merece investigación es más amplio: qué se está haciendo dentro del parque, dónde se está haciendo, quién obtiene el aprovechamiento, qué efectos produce y si todo ello respeta el Programa de Manejo.

Tampoco se trata de sostener que cualquier evento es ilegal. El propio Programa permite actividades culturales, deportivas y recreativas.

La cuestión es si la política municipal ha comenzado a llevar esos usos hasta un punto en el que el parque funciona cada vez más como recinto para eventos, espectáculos y aprovechamientos comerciales, mientras su condición de Área Natural Protegida pasa a segundo plano.

Hay elementos objetivos para exigir esa revisión: el propio Ayuntamiento reconoció que Las Cuatro Casas llevó al Naucalli una concentración sin precedente en sus 43 años; después se desarrolló Gol Fest con participación privada; y ahora vuelve a existir una ocupación temporal de una zona arbolada que ha generado cuestionamientos sobre vegetación, suelo e instalaciones. (Naucalpan Gob. Municipal)

Constituye una base razonable para que CEPANAF y PROPAEM dejen de analizar cada episodio de manera aislada y revisen el modelo completo de administración y aprovechamiento del Parque Naucalli durante los últimos años. Porque existe una diferencia entre permitir actividades dentro de un parque y hacer de la explotación de sus espacios una política recurrente.

Y en el caso del Naucalli, esa diferencia tiene una consecuencia jurídica concreta: si el Gobierno del Estado acredita que Naucalpan ya no cumple satisfactoriamente con su administración, el decreto que se la entregó también prevé el camino para recuperarla. (Legislación Edomex)

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